La DIAN ha establecido el calendario de vencimientos para la declaración y pago del Impuesto al Patrimonio correspondiente al año gravable 2025. Este impuesto aplica a quienes, al 1 de enero de 2025, poseían un patrimonio líquido igual o superior a 72.000 UVT, equivalentes a $3.585.528.000.
¿Quiénes son los sujetos pasivos del impuesto?
De acuerdo con el artículo 292-3 del Estatuto Tributario, modificado por la Ley 2277 de 2022, están obligados al impuesto:
Calendario de vencimientos Primera cuota – Declaración y pago (mayo de 2025):
Último dígito del NIT |
Fecha límite |
1 |
12 de mayo |
2 |
13 de mayo |
3 |
14 de mayo |
4 |
15 de mayo |
5 |
16 de mayo |
6 |
19 de mayo |
7 |
20 de mayo |
8 |
21 de mayo |
9 |
22 de mayo |
0 |
23 de mayo |
Segunda cuota – Solo pago (sin declaración):
Vence el 12 de septiembre de 2025, independientemente del último dígito del NIT.
Importante:
El impuesto al patrimonio no es deducible ni descontable en el impuesto sobre la renta y complementarios, ni puede ser compensado con otros impuestos.
Recomendación:
Desde Crowe Colombia, recomendamos validar con anticipación si existe la obligación de declarar y/o pagar el Impuesto al Patrimonio, así como realizar una planeación patrimonial adecuada que permita evitar omisiones, sanciones o errores en la determinación del valor a pagar.
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