Plazo legal para pagos de préstamos INFONAVIT


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El día de hoy 6 de mayo de 2025, apareció publicado en el portal oficial de la  Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) el anteproyecto número 58701, mediante el cual el INFONAVIT comunica formalmente una prórroga para la entrada en vigor de la reforma al artículo 29 de su Ley, la cual mediante resolución RCA-14500-03/25 del 19 de marzo del 2025, el Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con fundamento en el articulo 16 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y con base en el análisis de la reforma legal, aprobó por unanimidad la adopción de una disposición transitoria que considera la necesidad de establecer un periodo razonable de adaptación para los patrones les permita realizar los ajustes tecnológicos y de procesos a que haya lugar para la implementación de la modificación al articulo 29 de la Ley, por lo que los patrones  deberán realizar los ajustes a sus sistemas y procesos para determinar, realizar y enterar en términos de la legislación aplicable, los descuentos a los salarios de sus trabajadores que se destinen al pago de abonos para cubrir préstamos otorgados por el Instituto, para aplicar esta disposición a partir del pago de salarios correspondientes al 4° bimestre de 2025; esto es, los correspondientes a los meses de julio y agosto, que deberá realizarse a más tardar el 17 de septiembre de 2025.